26 de junio de 2020 Teder Abogados

¿Por qué la Seguridad Social no paga las bonificaciones de todos los Autónomos?

¿Por qué la Seguridad Social no paga la bonificación de todos los Autónomos Societarios?

La concepción del término “autónomo” ha evolucionado en las últimas décadas, existiendo a día de hoy tanto el autónomo tradicional como el societario, el emprendedor, el autónomo económicamente dependiente, los socios trabajadores de cooperativas, las sociedades laborales o los administradores de sociedades mercantiles.

Dada la coyuntura económica y social el Gobierno viene implantando medidas y ayudas para fomentar el autoempleo entre los jóvenes. Concretamente, en el artículo 31 del Estatuto del Trabajo Autónomo ha establecido una bonificación que permite beneficiarse de una reducción en la cotización por contingencias comunes a los jóvenes autónomos que hayan causado alta inicial o no hayan estado de alta en los dos últimos años.

A pesar de que la realidad es ésta, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) viene denegando automáticamente dicha bonificación alegando una interpretación restrictiva de lo que se considera “jóvenes trabajadores por cuenta propia”. Esta actuación ya ha llegado a los Tribunales, incluso el Tribunal Supremo ha ratificado que no existe distinción entre trabajadores autónomos societarios y autónomos personas físicas.

bonificacion autónomosLa postura de los Tribunales es clara, reconociendo a los autónomos que cumplan con los requisitos establecidos en la norma, independientemente de que sean personas físicas o jurídicas, el derecho a la bonificación.

La bonificación variará su cuantía dependiendo de la base de cotización y deberá ser aplicada por la Tesorería General de la Seguridad Social. En el caso de detectar que no está siendo aplicada hay que remitir un escrito a la TGSS para requerir la devolución de los ingresos indebidos, en caso de persistir la Administración en su negativa, se deberá interponer un recurso administrativo, quedando como última ratio acudir a la jurisdicción contenciosa para la defensa de sus intereses.

El procedimiento suena tedioso, sin embargo, dada la concurrencia de este tipo de casos y los pronunciamientos de los diferentes Tribunales a favor de la aplicación de la bonificación, nos encontramos ante una tasa de CIEN POR CIEN DE EXITO de las demandas presentadas.

Lo increíble es que con el colapso que tienen actualmente los Juzgados sea el propio Estado el que no pague la bonificación de los autónomos societarios y nos obligue a acudir a la vía judicial para reclamar algo que por derecho nos corresponde, pero aunque suene demagógico la Seguridad Social para cobrar actúa rauda, veloz y sin contemplaciones, para pagar todo lo contrario.

 

Carla Baz

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