La reforma del sistema para la valoración de los daños en accidentes de circulación, teóricamente fue inspirada por principios como “la reparación íntegra de los daños y perjuicios causados”, “interpretación uniforme de las reglas del sistema”, “adecuada compensación a la víctima”, “incremento de la cuantía de las indemnizaciones”, etc.
Un estudio superficial de dicha reforma, y de su aplicación en la realidad en estos meses de vigencia, permiten comprobar que la consecuencia de ésta ley no es otra que el enriquecimiento de las compañías aseguradoras.
Los cambios más característicos de la reforma se refieren pues a “la despenalización de los accidentes de tráfico” o “el aumento de las indemnizaciones en los accidentes con consecuencias graves”, pero éste último tiene como contrapartida la desaparición casi absoluta del derecho a indemnización en los accidentes con consecuencias leves como puede ser el latigazo cervical, que a pesar de su consideración de lesión de baja intensidad, puede causar problemas a largo plazo.
¿Dónde está el truco? Las leyes se deben dictar respondiendo a necesidades sociales, pero lo cierto es que en la actualidad los accidentes leves son los más habituales, pues la densidad del tráfico, el aumento de las medidas de seguridad, y el sistema de puntos en el carné, han supuesto un descenso significativo de los accidentes con consecuencias graves, por lo que las aseguradoras se van a ahorrar muchos millones en indemnizaciones con ésta reforma.
Nos han convencido, a través de los medios de comunicación, y de estadísticas de dudosa procedencia, de que las compañías aseguradoras eran las grandes perjudicadas por el sistema de valoración de daños, debido al altísimo número de fraudes de los particulares para la obtención de indemnizaciones.
Estas estadísticas le hacen a uno plantearse dónde está realmente el fraude. Nos atiborran a diario con anuncios y propaganda sobre infinidad de modalidades y coberturas de seguros, de contratación casi inmediata en la que todo parece extremadamente sencillo y nos hacen sentir que ante cualquier siniestro, aparecerá la heroica compañía de seguros para resolver todos nuestros problemas. Pero, ¿y cuando ocurre el siniestro? , ¿resulta tan sencillo obtener la contraprestación esperada?. Obviamente, no es así. En ese momento comenzará una lucha con la compañía, que se armará de una fuente inagotable de excusas para no proceder al pago de una indemnización.
Como señalaba anteriormente, las víctimas de accidentes de tráfico con lesiones leves, esto es, las más habituales, se encuentran ante un camino extremamente complicado para ver satisfecho su derecho a indemnización.
En primer lugar, la despenalización de los accidentes supone un retraso considerable del procedimiento, en el que se instauran innumerables trabas para la víctima, que desgraciadamente en muchos casos acepta cantidades muy inferiores a las que le corresponderían por una falta de tiempo, dinero y paciencia.
Para que el perjudicado pueda reclamar judicialmente su derecho, ha de esperar a recibir de la compañía aseguradora una suerte de oferta motivada de indemnización, que cuenta con tres meses, y por supuesto los agota, para empezar así a agotar a la víctima.
Una vez que ser recibe dicha propuesta, siempre inferior a la que corresponde por las lesiones, empieza un procedimiento en el que se parte de una desigualdad de armas absoluta. La compañía se cargará con medios de coste mínimo para ésta, como la negación del nexo de causalidad, por lo que en la mayoría de los casos se concluye que los daños materiales no se corresponden con las lesiones que se aducen por la víctima, por lo que no se puede haber producido la lesión.
No obstante, y así se ha pronunciado la mayor parte de la jurisprudencia, la fuerza del impacto no es el único factor que influye en la lesión, si no múltiples causas como la posición de la persona en el momento de la colisión, su complexión física, edad, las características del vehículo, etc. Pero para demostrarlo la víctima habrá de hacerse con informes que contrarresten los de la compañía, y a los que muchas veces no se puede acceder por una cuestión económica, lo que le hace al particular plantearse la utilidad de ésta batalla.
Desde TEDER ABOGADOS queremos ayudarles en esta lucha, pues a pesar de las complicaciones que trae esta nueva regulación, no debemos renunciar a nuestros derechos, y hemos de intentar poner fin a los abusos de las compañías aseguradoras.
NO SE RINDAN.
Alma Antón.