A pesar de que hace ya siete años de la incorporación en el Código Penal de la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos cometidos en su seno, parece que en los últimos meses se ha convertido en el tema jurídico estrella y en la principal preocupación para los directivos de empresas de nuestro país.
Ello puede responder al escepticismo inicial que rodeó a esta nueva figura jurídica, pues nadie comprendía aquello de “una empresa puede cometer delitos”, lo que ha hecho que su engranaje haya tenido dificultades en nuestro ordenamiento. No obstante ello no ha detenido a los Tribunales que ya cuentan a día de hoy con numerosas sentencias de condena a personas jurídicas por la comisión de delitos.
Parece también que su inclusión en el Código Penal genera cierto impacto en las empresas españolas, acostumbradas a moverse en el ámbito de sanciones administrativas. No obstante, a pesar de que el sistema penal español es uno de los más duros de Europa, es un derecho de intervención mínima, por lo que debemos enfocar esta norma más a la prevención que a la sanción.
En nuestra labor como profesionales en este ámbito, observamos día a día el desafío que supone para el empresario de a pie, tener que enfrentarse a cambios normativos constantes, invirtiendo en ello su tiempo y su dinero, mientras lucha por salir a flote en un mercado cada vez más competitivo y todavía recuperándose de los efectos de una crisis devastadora.
A ellos se dirigen estos párrafos, para transmitirles que la finalidad de la implantación del Corporate Compliance en sus empresas, no solamente se dirige a obtener una prueba ante un Tribunal, sino también a apostar por una ética corporativa y una cultura de cumplimiento que son la clave del progreso y del crecimiento sostenible en el tiempo.
Para ello debe existir un compromiso por parte de los directivos y órganos de administración, que realmente quieran apostar por introducir en su empresa una verdadera conciencia de prevención y de cumplimiento normativo, y aprovechar esta nueva exigencia para analizar no solo los riesgos penales de su empresa, sino aquellos que al hilo de los mismos se puedan detectar, mejorando en su actuar en el mercado, su reputación y su productividad.
Alma Antón